Pero, la primera pregunta a responder es: ¿que és el Renting? Un empresario o autónomo elige producto/servicio para cubrir una necesidad en su negocio. La compañía de Renting recibe la instrucción de comprar dicho producto/servicio. La compañía cederá el producto al cliente a cambio de pago de una tasa mensual. Se trata de un proceso muy sencillo. Cualquier negocio que tenga actividad económica o profesional dada de alta en el IAE puede utilizar los servicios de Renting. Hablamos de empresas, pymes, microempresas y autónomos e incluso asociaciones y colegios profesionales.
El Renting es un proceso aplicable a una gran variedad de productos y servicios. Productos informáticos, maquinaria, mobiliario, equipamientos deportivos... Quedan fuera de esta lista la Obra Civil y los inmuebles. Para solicitar el Renting, es necesario identificar los bienes que se pretenden financiar mediante Renting. Una vez hecho esto, hay que justificiar la capacidad de pago, la capacidad de hacer frente a la inversión. En el desarrollo de este post, explicaremos la documentación a presentar. El Renting financia hasta el 100% de la inversión.
Se podría dar el caso de que el cliente no desee 100% de la financiación. Esta circunstancia se afronta haciendo que la primera cuota sea más elevada. El Renting también permite una opción de compra, que suele ser una cuota o porcentaje del total de la inversión.
Las ventajas del Renting son muchas.
- No aparece en el endeudamiento de la empresa, en el balance. Es un alquiler puro y duro. Así, se mantiene el endeudamiento bajo control.
- No aparece en la cirbe, es decir, en el endeudamiento bancario. De esta forma, el cliente tiene bajo control, y disponible, la posibilidad de endeudarse con las entidades financieras.
- Es 100% deducible, con el consiguiente ahorro de impuestos con matizaciones en el campo de los vehículos.
- Es flexible, puedes ajustar las cuotas planificando la opción de compra.
- El IVA repercute en las cuotas de arrendamiento mensuales.
¿Cuáles son las condiciones del Renting de nuestros terminales?
Se trata de un proceso muy sencillo. En la siguiente tabla se describe de forma aproximada las cuotas de Renting para una máquina expendedora de Loterías y Apuestas, en plazos de 24, 36 48 y 60 meses. Como se señala bajo la tabla, las cifras reflejan los valores totales de factura, incluyendo IVA y transporte; además son estimados. Un ejercicio de transparencia necesario de cara al cliente. Para más información, consúltenos condiciones específicas.¿Qué documentación es necesaria para el Renting de máquinas de Loterías y Apuestas del Estado?
Para realizar el estudio de viabilidad del alquiler financiero de las máquinas de loterías y apuestas del estado, nos debe remitir la siguiente documentación al correo electrónico info@gvisionorte.esSi es Autónomo
- Orden de compra y reserva
- Copia de la tarjeta de identificación fiscal
- Modelo 036 ó 037 Alta actividad
- Modelo 100 Última renta
- Modelo 390 ó 303 IVA del ultimo año, trimestrales o mensuales
- Orden de compra y reserva
- Copia de la tarjeta de identificación fiscal
- Modelo 200 Último impuesto de sociedades
- Modelo 390 ó 303 IVA del último año, trimestrales o mensuales
Si tiene dudas o consultas por favor comuníquese con nosotros.
A posteriori, y según el resultado del análisis financiero, se podrá requerir documentación adicional a concretar a cada caso. Esta documentación podrá ser:
- Copia del DNI del apoderado (persona que firma)
- Escritura de poderes completa (incluidos datos de inscripción en el Registro Mercantil)
- Escritura de constitución de la empresa
- Balance de situación
- Cuenta de pérdidas y ganancias
- Copia del justificante bancario (recibo, movimiento…etc.) o cualquier documento del banco domiciliatario de las cuotas, donde figure la cuenta y el nombre del titular del contrato.
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